DIFERENCIA ENTRE ABOGADO Y LICENCIADO EN DERECHO
- 20 abr 2012
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Tenemos que el Diccionario de la Lengua Española establece que un licenciado es la persona que ha obtenido en una facultad el grado que la habilita para ejercerla, como un licenciado en Ciencias de la Comunicación, en Administración de Empresas, etcétera; mientras que abogado es el licenciado o doctor en Derecho que ejerce profesionalmente la dirección y defensa de las partes en toda clase de procesos o el asesoramiento y consejo jurídico. Ahora bien, desde esta perspectiva habría una diferencia, ya que si un licenciado en Derecho no se desempeña en el litigio no se le designaría propiamente abogado, ya que no defiende en juicio, por escrito o de palabra. Adicionalmente, algunos juristas también establecen y apoyan esta diferencia designando como abogado sólo al perito en Derecho que se dedica a interceder o hablar en favor de alguien en los procedimientos legales. Por otro lado, para representar legalmente a una persona la ley exige que sea un profesional del Derecho, salvo en cuestiones laborales, aunque desde mi punto de vista sí se debe contar con una preparación en la materia para garantizar la defensa adecuada y que se cumpla la finalidad de la misma. Siguiendo esta tónica, tendríamos que un representante, procurador o defensor en cuestiones legales, un abogado, tendría que contar con la licenciatura en Derecho, y no necesariamente un licenciado en esta materia sería abogado.

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